CONGRESO APRUEBA NUEVA LEY DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

  • Regulan los actos de la administración pública y de los órganos autónomos

 

Con el objetivo de regular los actos y procedimientos de la administración pública estatal y municipal, como de los órganos constitucionales autónomos, el Pleno del Congreso de Estado aprobó la nueva Ley de Justicia Administrativa del Estado.

Cabe destacar que la iniciativa la presentaron los diputados Luis Enrique Benítez Ojeda, Silvia Patricia Jiménez Delgado, José Antonio Ochoa Rodríguez, Jesús Ever Mejorado Reyes, Gina Gerardina Campuzano González, Rosa María Triana Martínez, Mar Grecia Oliva Guerrero, Alma Marina Vitela Rodríguez, Gerardo Villarreal Solís y Rigoberto Quiñonez Samaniego.

De esta manera, se abroga la Ley de Justicia Fiscal y Administrativa del Estado y los asuntos tramitados ante el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa del Poder Judicial del Estado, antes de la entrada en vigor de la nueva Ley, se desahogarán conforme a las normas bajo las cuales se iniciaron.

En este sentido, los procedimientos regulados por este ordenamiento se regirán por los principios de legalidad, certeza, imparcialidad, sencillez, celeridad, oficiosidad, eficacia, publicidad, gratuidad y buena fe.

Al respecto, el acto administrativo será válido hasta en tanto su anulabilidad o nulidad no haya sido declarada por autoridad administrativa o jurisdiccional, según sea el caso; cuyo procedimiento podrá iniciarse de oficio o a petición de la parte interesada.

Por lo cual el promovente deberá adjuntar a su escrito los documentos que acrediten su personalidad, así como los que en cada caso sean requeridos en los ordenamientos respectivos.

La representación de las personas morales ante las autoridades administrativas para formular solicitudes, participar en el procedimiento administrativo, interponer recursos, desistirse y renunciar a derechos, deberá acreditarse mediante instrumento público.